¿CasaIdeas se fue al chancho?

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Desde hace un par de días circula la noticia que la Ilustre Municipalidad de Melipilla presentó un reclamo ante el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio por una supuesta apropiación cultural por parte de CasaIdeas en un producto que sería muy similar al “Chanchito de Pomaire”.

El reclamo estaría basado en la molestia de varios vecinos de la comuna y en el registro de denominación de origen n°1027342 para Alfarería de Pomaire que actualmente posee la AGRUPACION DE ARTESANOS POMAIRE.

Sin buscar responder la cuestión de fondo que este caso plantea, es interesante analizar las circunstancias del mismo.

1.- ¿Qué protege la denominación de origen?

El art. 92 letra b) de la Ley 19.039 este tipo de protección como “aquella que identifica un producto como originario del país, o de una región o de una localidad del territorio nacional, cuando la calidad, reputación u otra característica de este sea imputable fundamentalmente a su origen geográfico, teniendo en consideración, además, otros factores naturales y humanos que incidan en la caracterización del producto.”

Para obtener este tipo de protección, es necesario que el solicitante presente un reglamento de uso de la misma (en la que se ponen requisitos sobre quiénes y cómo pueden usarla) además de un informe que justifique su otorgamiento. En este caso, la Agrupación de Artesanos Pomaire acompañó un informe técnico que hace referencia (entre muchas otras formas) a la del chanchito, pero en su variación “alcancía”, incluso acompaña una imagen de esta (p. 43 del expediente disponible en www.inapi.cl)

Es importante indicar que este tipo de protección apunta a proteger productos elaborados en un lugar determinado, con determinadas materias primas, determinadas técnicas y determinadas personas. No se refiere a lo que normalmente llamamos “diseño”.

2.- ¿Ante quién se presentó el reclamo? ¿Por qué?

Si bien la autoridad que concede las denominaciones de origen es el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) organismo que depende del Ministerio de Economía, el reclamo fue hecho ante el Ministerio de las Culturas. Esto parece en principio errado, considerando que dicho ministerio no tiene atribuciones legales para conocer respecto de la infracción reclamada, pero puede considerarse una jugada estratégica el dirigirse a una Autoridad que pareciera más sensible a este tipo de reclamos.

3.- ¿Existe una acción de apropiación cultural en nuestra legislación?

La verdad es que no, o al menos, no existe una acción específica especialmente prevista que contemple “la apropiación cultural”. Esto no quiere decir que no sea posible armar un caso que responda al fenómeno que actualmente conocemos con ese nombre, pero nuestra legislación no contempla mecanismos ni procedimientos específicos.

4.- ¿Qué han dicho los tribunales en situaciones similares?

No tenemos aún un desarrollo jurisprudencial que permita afirmar que existe una aplicación de criterios uniformes en estos casos. Incluso, es posible que los reclamantes no busquen obtener una decisión judicial sobre el asunto (ciertamente no presentaron una demanda ante los Tribunales competentes, sino que un reclamo ante un Ministerio).

Conclusiones

En mi opinión se busca una respuesta política y no jurídica a este tema. Obviamente CasaIdeas tiene una contingencia reputacional debido a este caso y es muy probable que lo que quiere la Municipalidad de Melipilla es una respuesta ágil y rápida mediante un acuerdo y no una sentencia que puede demorar años y que no se sabe si será favorable.

Quizas un final feliz a esta historia es la firma de un acuerdo en el que la empresa se comprometa a difundir la cultura y tradición alfarera de Pomaire en sus tiendas físicas y sitio web, aclarando que su producto es distinto, pero que toma inspiración del trabajo artesanal.

Otra posibilidad es que la empresa se defienda diciendo que representaciones de animales en recipientes existen en muchos lugares de Chile y del mundo, siendo su diseño un diseño original y que al no hacer referencia alguna a Pomaire, no hay un intento de usurpar los derechos que los artesanos de esa localidad tienen.

De todas formas, este caso pone de manifiesto nuevos conflictos entre producción masiva e industrial y derechos que protegen tradiciones locales.